El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 158 de la Constitución Política local, actúa como Tribunal Constitucional y tiene por objeto dirimir de manera definitiva e inatacable los conflictos constitucionales que surjan dentro del ámbito interno de la entidad, aplicando su función jurisdiccional para conocer y resolver los siguientes procedimientos constitucionales:
La legislación que regula esta materia es la Ley de Justicia Constitucional Local para el Estado de Coahuila de Zaragoza, que fue publicada en el Periódico Oficial del 12 de julio de 2005.